Nueva normativa sobre comercialización de aparatos para ATEX
 
                
                    Legislación y Normalización
                
                14 Abr 2016
                La nueva normativa que regula la comercialización de aparatos y sistemas de protección para su uso en ATEX entra en vigor el próximo 20 de abril.
                    El 14 de Abril se ha publicado en el BOE el Real Decreto 144/2016, de 8 de abril, por el que se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a los aparatos y sistemas de protección para su uso en atmósferas potencialmente explosivas y por el que se modifica el Real Decreto 455/2012, de 5 de marzo, por el que se establecen las medidas destinadas a reducir la cantidad de vapores de gasolina emitidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor en las estaciones de servicio.
 
El presente Real Decreto tiene por objeto la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2014/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
 
La nueva Directiva 2014/34/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, realiza una refundición de la anterior Directiva 94/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de marzo de 1994, adaptando sus disposiciones a lo que se ha denominado Nuevo Marco Legislativo, que consiste en una serie de medidas destinadas a eliminar las barreras que pudieran existir aún para la libre comercialización de productos de la Unión Europea.
 
El Real Decreto 144/2016 establece los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a productos que constituyan una novedad en el mercado de la Unión Europea en el momento de introducirse en el mismo; es decir, que o bien se trata de productos nuevos fabricados por un fabricante establecido en la Unión Europea, o bien son productos nuevos o de segunda mano, importados de un tercer país.
 
Este real decreto entrará en vigor el día 20 de abril de 2016, fecha en la que quedará derogado el Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto.
                
                    El presente Real Decreto tiene por objeto la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2014/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
La nueva Directiva 2014/34/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, realiza una refundición de la anterior Directiva 94/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de marzo de 1994, adaptando sus disposiciones a lo que se ha denominado Nuevo Marco Legislativo, que consiste en una serie de medidas destinadas a eliminar las barreras que pudieran existir aún para la libre comercialización de productos de la Unión Europea.
El Real Decreto 144/2016 establece los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a productos que constituyan una novedad en el mercado de la Unión Europea en el momento de introducirse en el mismo; es decir, que o bien se trata de productos nuevos fabricados por un fabricante establecido en la Unión Europea, o bien son productos nuevos o de segunda mano, importados de un tercer país.
Este real decreto entrará en vigor el día 20 de abril de 2016, fecha en la que quedará derogado el Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto.
                        
                        Documentos
                            directiva_2014_34_ue.pdf
                            rd_144_2016.pdf
                    
             Movimiento tierras, Compactación, Manipulación y Transporte
        Movimiento tierras, Compactación, Manipulación y Transporte
     Maquinaria para Trabajos especializados en Construcción y Minería
        Maquinaria para Trabajos especializados en Construcción y Minería
     Instalaciones y Maquinaria para la Producción de materiales para la construcción
        Instalaciones y Maquinaria para la Producción de materiales para la construcción
     Maquinaria ligera y auxiliar
        Maquinaria ligera y auxiliar
     Maquinaria para la Elevación de Personas y Cargas
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     Equipos y elementos auxiliares
        Equipos y elementos auxiliares
     Componentes, repuestos y accesorios
        Componentes, repuestos y accesorios
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