Nuevo Reglamento marco de homologación de vehículos
Legislación y Normalización
29 Jun 2018
Se publica el Reglamento (UE) 2018/858 que derogará a la Directiva 2007/46/CE.
El pasado 14 de junio de 2018, se ha publicado en el BOE el Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 715/2007 y (CE) nº 595/2009 y por el que se deroga la Directiva 2007/46/CE.
El presente Reglamento se aplica a los vehículos de motor de las categorías M y N y a sus remolques de la categoría O que estén destinados a circular en vías públicas, incluidos los diseñados y fabricados en una o varias fases y a los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes, así como a las piezas y los equipos diseñados y fabricados para tales vehículos y sus remolques.
El presente Reglamento no se aplica a:
– Vehículos agrícolas o forestales, según se definen en el Reglamento (UE) 167/2013.
– Vehículos de dos o tres ruedas y cuatriciclos, según se definen en el Reglamento (UE) 168/2013.
– Vehículos oruga.
– Vehículos diseñados y fabricados o adaptados para su uso exclusivo por las fuerzas armadas.
La Directiva 2007/46/CE quedará derogada el día 1 septiembre de 2020.
El presente Reglamento se aplica a los vehículos de motor de las categorías M y N y a sus remolques de la categoría O que estén destinados a circular en vías públicas, incluidos los diseñados y fabricados en una o varias fases y a los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes, así como a las piezas y los equipos diseñados y fabricados para tales vehículos y sus remolques.
El presente Reglamento no se aplica a:
– Vehículos agrícolas o forestales, según se definen en el Reglamento (UE) 167/2013.
– Vehículos de dos o tres ruedas y cuatriciclos, según se definen en el Reglamento (UE) 168/2013.
– Vehículos oruga.
– Vehículos diseñados y fabricados o adaptados para su uso exclusivo por las fuerzas armadas.
La Directiva 2007/46/CE quedará derogada el día 1 septiembre de 2020.
Documentos
reglamento_ue_2018_858.pdf
Movimiento tierras, Compactación, Manipulación y Transporte
Maquinaria para Trabajos especializados en Construcción y Minería
Instalaciones y Maquinaria para la Producción de materiales para la construcción
Maquinaria ligera y auxiliar
Maquinaria para la Elevación de Personas y Cargas
Equipos y elementos auxiliares
Componentes, repuestos y accesorios