Se actualiza la normativa española sobre homologación de vehículos de motor.

La Orden ICT/1212/2018 actualiza los anexos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII del Real Decreto 750/2010.
Tras la publicación del Real Decreto 750/2010, se ha producido la de varias disposiciones en materia de homologación de vehículos en la Unión Europea, que hacen necesaria la modificación de los anexos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII, que recogen los aspectos técnicos aplicables a cada categoría de vehículo para la homologación de tipo nacional, la homologación individual, la homologación de series cortas nacionales y para la homologación según aplicaciones particulares.
En concreto, mediante la siguiente Orden el contenido de los anteriores anexos se actualizará para que los requisitos nacionales se adecúen a los criterios de las siguientes reglamentaciones de la Unión Europea: Reglamento (CE) 661/2009; Reglamento (UE) 167/2013 y Reglamento (UE) 168/2013.
La presente orden entrará en vigor el 2 de enero de 2019 y será obligatoria su aplicación tres meses después de su entrada en vigor.