La Directiva 2011/65/UE (RoHS II) sí que aplica a ciertas máquinas móviles para construcción

Legislación y Normalización
20 Dic 2013

CECE ha elaborado un informe de situación identificando los problemas que ocasiona a nuestro sector el ámbito de aplicación definido en la Directiva 2011/65/UE (RoHS)

La nueva Directiva 2011/65/UE sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (RoHS II) entró en vigor el 21 de julio de 2011 y sus disposiciones son aplicables desde el 3 de enero de 2013.
 
Para ayudar a los operadores económicos a interpretar las disposiciones de la Directiva 2011/65/UE, a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos de la presente Directiva, la Comisión Europea publicó un documento de preguntas frecuentes (FAQs).
 
La Directiva 2011/65/UE amplió considerablemente el ámbito de aplicación de la Directiva 2002/95/CE (RoHS I) pero, al mismo tiempo, especificó y definió los tipos de productos que quedaban fuera del ámbito de aplicación de la Directiva.
 
Entre los productos excluidos relacionados con el sector de la construcción figuran la maquinaria móvil no de carretera (NRMM) facilitada exclusivamente para usos profesionales y las herramientas industriales fijas de gran envergadura.
 
Estas exclusiones son de gran importancia para nuestro sector. Sin embargo, las definiciones incluidas en la Directiva 2011/65/UE para estos tipos de productos suponen que alguna de las variantes de un mismo tipo de máquina pueda quedar dentro del ámbito de aplicación de la Directiva. Este es el caso, por ejemplo, de las máquinas móviles utilizadas para trabajos subterráneos que no disponen de una fuente de alimentación incorporada, ya que se alimentan a través de cables eléctricos.
 
Por este motivo, el Grupo de Trabajo «PT WEEE & RoHS» de CECE (Committee of European Construction Equipment), del que ANMOPYC es miembro, ha elaborado un informe de situación identificando los problemas que suponen las definiciones incluidas en la Directiva 2011/65/UE y los criterios que figuran en el documento de preguntas frecuentes de la Comisión Europea.
 
Este informe ha sido entregado a la Dirección General de Medioambiente de la Comisión Europea para que sea tenido en cuenta durante la revisión tanto de la Directiva 2011/65/UE como del documento de preguntas frecuentes.

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