Nueva regulación para el transporte nacional de mercancías peligrosas por carretera

Real Decreto 97/2014, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español
El Real Decreto 97/2014 transpone la Directiva 2008/68/CE, sobre el transporte terrestre de mercancías peligrosas, en lo que afecta al transporte por carretera. Este real decreto deroga y sustituye al anterior Real Decreto 551/2006, que incorporaba al Derecho español la Directiva 94/55/CE del Consejo, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancías peligrosas por carretera.
El Real Decreto 97/2014, al igual que su predecesor, incorpora al marco jurídico nacional el Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR).
El nuevo real decreto persigue poner al día todas aquellas normas que han quedado obsoletas, o son contrarias a las normas internacionales vigentes en este momento, aprovechando esta ocasión para actualizar la normativa aplicable al transporte de mercancías peligrosas por carretera. Asimismo, trata de sustituir el real decreto vigente por una norma actualizada y adecuada a las modificaciones habidas en la normativa internacional que regule, en su conjunto, todas las cuestiones que afectan al transporte de mercancías peligrosas por carretera. Asimismo, pretende desarrollar normas internas en la materia, en aspectos que, o bien no se contemplan en el ADR, o bien se deja libertad a los Estados para su desarrollo o concreción. Finalmente, regula cuestiones que, de acuerdo con la normativa internacional, se apartan del régimen general por considerarse necesario en supuestos específicos.